BASES Y CONDICIONESPROMO YPF HONDA EDV GESELL
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ORGANIZADOR, VIGENCIA. ALCANCE GEOGRÁFICO.
1.1. Caramba Marketing S.A., con domicilio en Ignacio Warnes 1225 Vicente López, Buenos Aires, Argentina, con CUIT 30-71473162-5 (el “Organizador”), organiza para YPF S.A., con domicilio en Macacha Güemes 515, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina (“YPF” o el “Auspiciante”), ¡la promoción denominada “PROMO YPF HONDA EN ENDURO DE VERANO!” (la “Promoción”) que se rige por las presentes bases y condiciones (las “Bases”).
1.2. La Promoción tendrá vigencia en a activación que se realiza en el stand de la marca HONDA, ubicado en KM 408 Ruta 11, Interbalnearia, localidad de Villa Gesell, Provincia de Buenos Aires (el “Stand”) desde las 10:00 horas del día 21 de febrero del 2025, hasta las 22:00 horas del día 23 de febrero del 2025 ( el “Plazo de Vigencia”).
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PARTICIPANTES.
2.1. Podrán participar de la Promoción las personas humanas mayores de 18 años que concurran al Stand y acepten estas Bases (el/los “Participante/s”).
2.2. Quedan excluidos de participar en la Promoción las personas humanas menores de 18 años, el personal del Organizador y el del Auspiciante, de Honda Motor de Argentina S.A., con CUIT 30-57754677-7, con domicilio en Suipacha 1111, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de las agencias de publicidad y promoción contratadas por el Organizador, el Auspiciante y/u HONDA y escribanías que participen en esta Promoción, y los ex empleados de dichas empresas que se hubiesen desvinculado de ellas hasta treinta (30) días antes del inicio del Plazo de Vigencia.
2.3. Los Participantes declaran conocer y aceptar los términos del Código de Ética y Conducta de YPF así como la Política de anticorrupción, disponibles en https://www.ypf.com/LaCompania/compliance/Paginas/Compliance-integridad-y-etica.aspx.
2.4.El Organizador no asignará el Premio a aquellos Participantes que no cumplieran con los requisitos antes Mencionado.
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PROGRAMA DE PREMIOS.
3.1. El Programa total de Premios se compone de: 1 (una) motocicleta marca Honda, modelo NAVi de 109 cc (La “Moto”, el “Premio”) indistintamente.
3.2. El Premio es intransferible y no podrá ser canjead por dinero ni por otros bienes o servicios distintos de los ofrecidos y no incluyen ninguna otra Prestación, bien o servicio no enumerado en estas Bases.
3.3. El Premio no incluye ninguna otra prestación, bien o servicio no enumerado en estas Bases. Los gastos en que incurran al ganador para reclamar la asignación del Premio o con motivo de su utilización (incluido, pero no limitado a, el pago de todo impuesto, gravamen, tasa o contribución que deba tributarse sobre o en relación con el Premio, así como también todos los gastos en que incurran o pudieran incurrir para redimir su Premio, tales como patentamiento, flete y seguro) correrán por exclusiva cuenta del Ganador.
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MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN.
4.1. Para participar en la Promoción, el Participante deberá: (i) escanear un código QR que le brindará el personal del Stand y (ii) cargar ciertos datos personales y aceptar las Bases.
4.2. Una vez realizado esto, el Participante podrá realizar la simulación de una carga de combustible INFINIA en una motocicleta, donde deberá acertar la cifra expresada en litros de 15 (quince) con 3 (tres) ceros como decimales exactos.
4.3. Si el Participante acierta en la cantidad de litros solicitados, obtendrá 1 (una) chance (“Chance”) para participar de un Sorteo incluido en la Promoción siempre y cuando vuelva a brindar su DNI para que la promotora del Stand lo deje asentado en una landing exclusiva para esta instancia. Por el contrario, si el Participante no acertara los 15 litros exactos o no quisiera brindar sus datos, no tendrá derecho a la participación en el Sorteo.
4.4. Podrán participar del Sorteo quienes hayan obtenido al menos 1 (una) chance hasta el día previo a relizar el mismo. Con cada simulación de carga acertada, las Chances se acumulán para el próximo.
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DEFINICIÓN Y NOTIFICACIÓN DE POTENCIALES GANADORES. ASIGNACIÓN DE PREMIOS.
5.1. La asignación del Premio se efectuará a través de 1 (un) Sorteo entre todos los Participantes que hayan obtenido al menos 1 (una) Chance de acuerdo con lo indicado en las cláusulas precedentes.
5.2. Se realizará 1 (un) Sorteo en el marco de la Promoción. Será el día 24 de febrero de 2025 a las 17:30 horas. El Sorteo se realizará en el domicilio del sito en Coronel Rosetti 1195, Vicente Lopez, provincia de Buenos Aires, Argentina y ante escribano público. En el acto del Sorteo una herramienta informática seleccionará al azar 1 (un) Participante (“Potencial Ganador”) quien podrá ganar un Premio. Se seleccionarán asimismo 3 (tre) Participantes adicionales, como potenciales ganadores suplentes (“Potencial/es Ganador/es Suplente/s”).
5.3. Una vez finalizado el Sorteo, el Organizador se contactará con el Potencial Ganador mediante un máximo de 3 (tres) llamados telefónicos al número de teléfono informado por el Potencial Ganador al momento de su registro en el Programa ServiClub o con posterioridad. Si el Potencial Ganador no hubiese informado un número de teléfono en el Programa ServiClub será contactado mediante un mensaje enviado por correo electrónico, el que deberá ser contestado en un plazo máximo de 6 (seis) horas, informando un número de teléfono para ser contactado. Si los datos del Participante son correctos, cumple con los requisitos establecidos en estas Bases para la asignación del Premio y responde correctamente al menos 4 (cuatro) de las 5 (cinc) preguntas de interés general que le realice, se le asignará el Premio.
5.4. En caso de que un Potencial Ganador no responda el correo electrónico o los llamados telefónicos, perderá el derecho a la asignación del Premio, sin derecho a reclamo alguno y se procederá a contactar al primer Potencial Ganador Suplente. En caso de que el primer Potencial Ganador Suplente no responda el correo electrónico o a los 3 (tres) llamados telefónicos realizados por el Organizador, perderá el derecho a la asignación del Premio, sin derecho a reclamo alguno, procediéndose a contactar al siguiente Potencial Ganador Suplente en el orden de elección del Sorteo.
5.5. La entrega del Premio se realizará del siguiente modo: La documentación relacionada al Premio se entregará dentro del plazo máximo de 90 (noventa) días de finalizado el Plazo de Vigencia, en Macacha Güemes 515, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Premio no incluye el costo de patentamiento, flete, seguro, ni sellados, tasas ni honorarios ni ningún otro costo y/o gasto generado por, o asociado con, su inscripción en el Registro de la Propiedad Automotor. La asignación de las Motos importará la obligación de los Ganadores de otorgar los actos jurídicos necesarios para el alta de la Moto en la Seccional correspondiente del Registro de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios. En el acta notarial de entrega de la Moto, o en acta notarial por separado, el Auspiciante cederá los derechos derivados de la factura de compra de la Moto a favor del Ganador, quien deberá aceptar dicha cesión de derechos y suscribir en simultáneo el Formulario 01 y toda la documentación necesaria para el patentamiento de la Moto. Si por causas no imputables al Organizador, no fuese posible entregar la Moto mencionada, el Organizador, a su exclusivo criterio, podrá entregar otro modelo de características equivalentes.
5.6. En caso de no cumplir un Potencial Ganador con cualquiera de los requisitos previstos en las presentes Bases como condición de su asignación el Premio no le será asignado y no le asistirá derecho al reclamo de compensación o indemnización alguna.
5.7. Todo Premio que no fuere asignado a ganador alguno en los términos de estas Bases quedará de propiedad del Organizador.
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GARANTÍA. RESPONSABILIDADES.
6.1. El Organizador y el Auspiciante no otorgan garantía alguna, distinta de la establecida por la ley 24.240 de Defensa del Consumidor, en relación con el Premio ofrecido. El Organizador y el Auspiciante no serán responsable por fallas de Internet, errores de los Participantes o razones de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran suspender, interrumpir o alterar el desarrollo de la Promoción. Tampoco por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Ganadores, en sus personas o bienes, con relación a la inadecuada utilización del Premio.
6.2. El Organizador y el Auspiciante no serán responsables, y por lo tanto no asumen responsabilidad alguna, si los Participantes hubieran informado erróneamente o no hubieran actualizado su número de teléfono de contacto al momento de su participación en la Promoción.
6.3. Honda Motor de Argentina S.A., sus sociedades vinculadas (sean estas controlantes o controladas), sus funcionarios, sus empleados no organizan ni patrocinan ni administran de ningún modo la presente Promoción organizada por Caramba Marketing S.A. para YPF S.A. por lo que no asumen ningún tipo de responsabilidad derivada -tanto en forma directa o indirecta- de la misma.
6.4. “HONDA” y “NAVi” son marcas registradas de Honda Motor Co. Ltd.
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PROBABILIDAD.
La probabilidad de ganar un Premio dependerá de la cantidad de Participantes que intervengan en la Promoción y de las Chances que cada uno de ellos posea para participar del Sorteo. En caso de que en el Sorteo participasen 5.000 (cinco mil) Participantes, cada uno de ellos con 1 (una) Chance, la probabilidad de cada Participante de resultar Potencial Ganador en el Sorteo sería de 1 en 5.000.
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AUTORIZACIONES: DATOS PERSONALES Y USO DE IMAGEN.
8.1. La participación en esta Promoción implica la autorización expresa de los Participantes para que sus datos personales sean almacenados en una base de datos del Auspiciante, inscripta ante al Registro Nacional de Datos Personales para establecer perfiles determinados con fines promocionales, publicitarios, comerciales y de marketing en general.
8.2. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses y comunicándose al 0800 1222 973 o *YPF (*973) desde su celular, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. A fin de ejercer dicho derecho deberá enviarse una solicitud por escrito a Macacha Güemes 515, CABA o mediante correo electrónico a datospersonales@ypf.com en ambos casos acreditando identidad. Asimismo, podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de la base de datos (Artículo 27, inciso 3, Ley 25.326) comunicándolo por los medios indicados. En caso de solicitar el retiro o bloque de sus datos durante el Plazo de Vigencia, el Participante no podrá participar del Sorteo. La Agencia de Acceso a la Información Pública, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
8.3. La participación en la Promoción implica la autorización expresa de los Participantes para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las fotografías, imágenes o grabaciones de imagen, voz y de los datos personales de los Participantes, en todo y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) con cualquier finalidad, durante el Plazo de Vigencia y hasta transcurridos tres (3) años de su finalización, sin que el Participante tenga derecho al reclamo de indemnización, contraprestación o compensación alguna. Los Potenciales Ganadores, como condición para tener derecho a la asignación del Premio, deberán suscribir los documentos adicionales relacionados con la autorización precedente que les requiera el Auspiciante y concurrir a las sesiones de fotografía o filmación que establezca el Auspiciante.
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CONSULTA DE BASES Y CONDICIONES.
Los Participantes podrán consultar estas Bases, enhttps://www.promoinfiniahonda.com/.
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ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y CONDICIONES.
La participación en la Promoción implica la aceptación de estas Bases, así como decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas y cuya difusión será realizada a través de los mismos medios por los que se difunden estas Bases.
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LEY APLICABLE. JURISDICCION.
Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción serán de aplicación las leyes vigentes en la República Argentina y los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales competentes.
Buenos Aires, 21 de febrero de 2025.